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Betssy Chávez sale de Perú rumbo a México con salvoconducto oficial: el caso que reabre el debate sobre los límites del asilo diplomático

Por Alfredo Rosell G . — Periodista de investigación, Diario La Democracia

Lima, 7 de agosto de 2026. La exjefa del Gabinete Ministerial peruano, Betssy Chávez Chino, abandonó el país la madrugada de este viernes con destino a México, luego de que el Gobierno de la presidenta Keiko Fujimori le otorgara el salvoconducto que Ciudad de México reclamaba desde hace meses. La salida se produjo horas después de que ambos países anunciaran el restablecimiento de sus relaciones diplomáticas, rotas por Lima en noviembre pasado tras la decisión mexicana de asilarla.

Chávez viajó a bordo de una aeronave de la Fuerza Aérea Mexicana enviada especialmente para trasladarla. La presidenta Claudia Sheinbaum confirmó la noticia en su conferencia matutina «Fue otorgado el salvoconducto», dijo y le dio la bienvenida al país. En Lima, el canciller Carlos Espá corroboró la salida a la emisora RPP, precisando que la medida se adoptó «en cumplimiento de los artículos V y XII de la Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático de 1954», tratado que vincula a ambos Estados desde hace más de siete décadas.

Una condena, un refugio y una ruptura

El caso se remonta al 7 de diciembre de 2022, cuando el entonces presidente Pedro Castillo anunció por cadena nacional la disolución del Congreso y la reorganización del sistema de justicia, en lo que la fiscalía calificó como un intento de golpe de Estado. Chávez, que presidía entonces el Consejo de ministros, fue hallada más tarde coautora del delito de conspiración para la rebelión y condenada, junto con Castillo, a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.

Días antes de que se leyera la sentencia, el 3 de noviembre de 2025, Chávez había ingresado a la Embajada de México en Lima para solicitar asilo diplomático, que el gobierno mexicano le concedió. La decisión provocó que Perú rompiera relaciones con México ese mismo mes; durante la ruptura, Brasil quedó a cargo de resguardar la sede diplomática mexicana. En mayo de este año, la defensa de Chávez llevó el pedido de salvoconducto hasta el Tribunal Constitucional, después de que la Corte Superior de Lima admitiera un recurso de agravio constitucional sobre el caso.

Salvoconducto con condiciones

La Cancillería peruana precisó, en su comunicado del viernes, que la entrega del salvoconducto no cierra el expediente judicial de Chávez: el Estado peruano «se reserva el derecho» de solicitar su extradición si las autoridades judiciales así lo requieren, conforme a los tratados bilaterales vigentes entre ambos países. El Ministerio Público había señalado, además, que la exministra enfrenta una investigación adicional por presunto enriquecimiento ilícito, que la salida del país no suspende.

Se trata de una fórmula ya conocida en la región: la de un asilo que resuelve la situación migratoria e inmediata de un perseguido político sin necesariamente exonerarlo de responsabilidad penal futura. En 2018, el propio Perú vivió un episodio comparable cuando el expresidente Alan García solicitó y obtuvo asilo en la embajada de Uruguay, refugio que perdió meses después cuando Montevideo revirtió la decisión.

El debate de fondo: ¿protección o impunidad?

La salida de Chávez ha reabierto una discusión que excede el caso peruano. Para el Gobierno de Fujimori, otorgar el salvoconducto no fue una opción sino una obligación jurídica: la Convención de Caracas de la que Perú es parte firmante desde su origen obliga al Estado territorial a facilitar la salida de quien ha recibido asilo, incluso si discrepa de esa decisión. La propia Cancillería remarcó en su comunicado que en el país «no existe persecución política» y que la salida de Chávez no altera la vigencia del Estado de derecho ni la separación de poderes.

Para otros sectores, sin embargo, la secuencia de los hechos una condena firme, un refugio diplomático solicitado apenas días antes de que se conociera la sentencia y una salida del país sin que se cumpla un día de la pena transmite la sensación de que el derecho de asilo puede convertirse, en la práctica, en una vía de escape frente a la justicia penal ordinaria. La tensión entre ambas lecturas no es nueva en América Latina, donde el asilo diplomático ha protegido tanto a perseguidos políticos genuinos como a funcionarios condenados por delitos vinculados al ejercicio del poder.

Lo cierto es que el expediente de Chávez sigue abierto en Perú. La reserva expresa del derecho a pedir su extradición, incluida en el propio comunicado de la Cancillería, deja claro que su salida del país no equivale, jurídicamente, al cierre del caso. Si el Poder Judicial decide activar ese mecanismo, corresponderá a México ahora nuevamente en términos diplomáticos normales con Lima decidir si lo atiende. Esa es, en el fondo, la pregunta que este caso deja pendiente para los próximos meses.

La defensa jurídica de Betssy Chávez estuvo a cargo del abogado César Romero Valdez, quien sustentó su estrategia legal en los principios y normas del derecho internacional público. Su argumentación se apoyó en los tratados y convenciones supranacionales que regulan la institución del asilo diplomático y las obligaciones de los Estados en materia de protección internacional, invocando el marco jurídico vigente para solicitar y obtener las garantías reconocidas por el ordenamiento internacional.

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