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El PERU Act llega al Congreso de EE. UU.: una puerta legislativa, todavía cerrada, para comerciantes e inversionistas peruanos

Por Alfredo Rosell G. — Periodista Internacional, Diario La Democracia

Washington / Lima, 14 de agosto de 2026. Una iniciativa bipartidista presentada en la Cámara de Representantes de Estados Unidos busca abrirles a los ciudadanos peruanos el acceso a las visas E-1 y E-2, las categorías reservadas a comerciantes e inversionistas extranjeros. El proyecto, identificado como H.R. 5335 y bautizado Promoting Economic Resilience and Unity Act of 2025 PERU Act, por sus siglas, fue presentado el 11 de septiembre de 2025 por las congresistas Nellie Pou, demócrata por Nueva Jersey, y María Elvira Salazar, republicana por Florida, y remitido al Comité Judicial de la Cámara, donde permanece en trámite.

La propuesta parte de una condición que no es negociable: solo avanzará si el Gobierno peruano ofrece un tratamiento migratorio equivalente a los ciudadanos estadounidenses. Es, en otras palabras, una reforma condicionada a la reciprocidad entre ambos Estados, y no una concesión unilateral de Washington.

Dos visas, dos propósitos distintos

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Las categorías E no deben confundirse con la visa de turismo B-1/B-2. La E-1 está reservada a quienes realizan comercio internacional sustancial entre Estados Unidos y un país considerado elegible; la E-2, a nacionales de países con un tratado vigente que inviertan una suma sustancial en una empresa estadounidense real y operativa, y que participen activamente en su dirección. Ambas son visas de no inmigrante: no equivalen a una residencia ni garantizan por sí solas el ingreso al país, y el solicitante debe cumplir con cada uno de los requisitos que exige el Departamento de Estado.

Perú, hoy, no figura en esa lista. La tabla de reciprocidad que mantiene el Departamento de Estado señala expresamente «No Treaty» para ambas categorías en el caso peruano, mientras que países vecinos como Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, México y Paraguay sí cuentan con acceso a alguna de ellas. Es precisamente esa desventaja regional la que el PERU Act busca corregir.

Lo que dicen sus impulsoras

En el comunicado con el que presentaron el proyecto, Pou explicó que la relación comercial con Perú justifica explorar nuevas formas de profundizar el vínculo bilateral. Salazar, presidenta de la Subcomisión para el Hemisferio Occidental, fue más directa sobre el precedente que invoca la iniciativa: «así como lo hicimos con Uruguay», dijo, esta legislación generaría empleo y crecimiento también para Perú.

El proyecto, sin embargo, no ha salido del Comité Judicial desde que fue remitido, y no existe hasta ahora un cronograma oficial para su debate. En el sistema legislativo estadounidense, una propuesta de este tipo debe superar la revisión de comité, una votación en el pleno de la Cámara, un trámite equivalente en el Senado y, finalmente, la firma presidencial antes de convertirse en ley. El PERU Act se encuentra, todavía, en la primera de esas etapas.

El terreno ya se mueve, aunque la ley no exista

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Pese a que la norma no ha sido aprobada, el debate ya tiene efectos concretos en Lima. Según reportó la semana pasada el diario La Democracia, la Embajada de Estados Unidos ya recibe solicitudes de visas E-1 y E-2 de peruanos que, por vínculos empresariales previos o doble nacionalidad, cumplen igualmente los requisitos vigentes. El empresario ayacuchano Norberto Curitomai, vinculado a la organización PAPU Perú que ha hecho seguimiento a la iniciativa en Washington, confirmó a los medios de comunicación que el proyecto sigue en el Congreso estadounidense y que su objetivo es beneficiar a emprendedores peruanos interesados en instalar negocios en ese país.

Esa expectativa empresarial explica buena parte del interés que ha despertado el proyecto entre las pequeñas y medianas empresas peruanas que en los últimos años han buscado internacionalizar sus operaciones. Pero conviene no adelantarse: mientras el Congreso estadounidense no apruebe el PERU Act, ningún ciudadano peruano puede invocarlo para solicitar una visa E-1 o E-2.

Lo que el proyecto no cambia

El PERU Act tampoco debe confundirse con una reforma a la visa de turista. La categoría B-1/B-2 la que hoy utiliza la mayoría de peruanos que viaja a Estados Unidos por turismo o negocios temporales no se ve afectada por esta iniciativa y sigue rigiéndose por sus propias condiciones de reciprocidad, que actualmente otorgan a los ciudadanos peruanos una visa de múltiples entradas con vigencia de hasta 120 meses. Mientras el proyecto permanezca en comité, este trámite el que de hecho usan hoy la inmensa mayoría de peruanos que viajan a Estados Unidos— continúa exactamente igual.

Cuánto cuesta hoy tramitar la visa, y qué exige la Embajada

El costo del trámite se paga en dos momentos distintos, y conviene no confundirlos. El primero es la tarifa consular MRV, de 185 dólares, que se abona de manera obligatoria al iniciar la solicitud, se apruebe o no la visa. El segundo es la llamada Tarifa de Integridad (Visa Integrity Fee), de 250 dólares adicionales, creada por la reforma migratoria que el Congreso estadounidense aprobó en julio de 2025 y que la Embajada de Estados Unidos en Lima ya viene cobrando: a diferencia de la MRV, este segundo pago solo se exige si la visa resulta aprobada, de modo que quien recibe un rechazo no llega a pagarlo. Sumados ambos conceptos, el costo total de una visa de turista aprobada asciende actualmente a 435 dólares; el de una visa de inversionista E-2, a 315 dólares más la tarifa de integridad.

A esos montos se añaden los requisitos habituales que exige la sede diplomática: un pasaporte vigente con no menos de seis meses de validez, el formulario electrónico DS-160 debidamente completado, la asistencia a dos citas presenciales la toma de huellas y fotografía en el Centro de Atención al Solicitante (VAC) y la entrevista consular en la sede de la Embajada, en Santiago de Surco y, como en cualquier solicitud de visa de no inmigrante, sustentar arraigo en el Perú y solvencia económica suficiente para costear el viaje.

Un detalle que conviene subrayar en medio del debate por el PERU Act: la propia Embajada de Estados Unidos en Lima señala en su portal oficial que ya «acepta casos de visa E-1 y E-2 para solicitantes que puedan demostrar que son residentes de Perú», una vía que hoy solo está disponible para quienes califican por otra nacionalidad o por vínculos empresariales previos con un país que sí tiene tratado vigente. Es, en la práctica, la misma puerta lateral a la que se refirió La Democracia al reportar que la sede diplomática ya recibe solicitudes E-1 y E-2 de peruanos, y que el PERU Act buscaría convertir en una vía directa y general para todos los ciudadanos del país.

Cómo se tramita hoy la visa de turista, paso a paso

Para quienes hoy solicitan una visa B-1/B-2 ¿el trámite que, insistimos, el PERU Act no modifica, el proceso ante la Embajada de Estados Unidos en Lima sigue tres pasos:

1. Completar el formulario DS-160. La solicitud se llena en línea a través del portal CEAC del Departamento de Estado, seleccionando la sede «Perú, Lima» antes de iniciar. Al finalizar, es indispensable imprimir la página de confirmación con el código de barras, que se usará en el siguiente paso.

2. Crear una cuenta y programar las citas. A través del sistema de citas para Perú (ais.usvisa-info.com), el solicitante se registra, ingresa el código de barras del DS-160 y paga la tarifa MRV de 185 dólares. Una vez acreditado el pago, el propio sistema habilita el calendario para reservar dos citas: la del Centro de Atención al Solicitante, donde se toman las huellas dactilares y la fotografía oficial, y la de la Embajada, para la entrevista consular presencial.

3. Asistir a ambas citas y, de ser aprobada la visa, cancelar la Tarifa de Integridad. Solo en ese último caso —visa aprobada— se activa el segundo pago, de 250 dólares, que completa el costo total del trámite.

Una reforma con lectura económica y diplomática

Más allá del trámite migratorio, el PERU Act se lee también como una señal política. Su aprobación colocaría a Perú en el mismo grupo de países latinoamericanos que ya cuentan con acceso a las visas E, y lo haría en un momento en que Washington ha ido vinculando cada vez más su agenda migratoria con sus prioridades comerciales en la región. El propio precedente que citó Salazar el caso de Uruguay, incorporado en años anteriores a un régimen similar sugiere que este tipo de iniciativas bipartidistas, aunque lentas, no son inusuales cuando existe un interés comercial compartido.

Por ahora, el PERU Act sigue siendo lo que es: un proyecto de ley en comité, sin fecha de votación, que depende tanto del calendario legislativo estadounidense como de la disposición del Estado peruano para ofrecer la reciprocidad que la norma exige. Su destino se decidirá en Washington, pero también, en buena medida, en Lima.

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